Auto Supremo AS/0099/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2018

Fecha: 16-Abr-2018

En consecuencia por lo precedentemente expuesto se tiene que el causante no convivió con la

En consecuencia por lo precedentemente expuesto se tiene que el causante no convivió con la recurrente durante los dos últimos años antes de su fallecimiento, y la documentación que cursa en el expediente coincide los hechos, Juana Arani Vda. de Gómez, no ha probado de manera fehaciente la convivencia durante el periodo previo al fallecimiento del causante, tampoco existe una prueba que evidencie el cuidado y atención en el estado de enfermedad del mismo; consiguientemente, no se cumplió con este presupuesto procesal por parte de la ahora recurrente y solicitante de la renta de viudedad, como derechohabiente del titular de la renta