Auto Supremo AS/0130/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2018

Fecha: 02-Abr-2018

Añade como conclusión que, los de instancia no han valorado ni analizado correctamente las pruebas

Añade como conclusión que, los de instancia no han valorado ni analizado correctamente las pruebas presentadas por su parte, en función a los arts. 3 inc. j) y 158 del CPT, violando el art. 397 del CPC-1975, por lo que acusa una errónea e ilegal valoración de las pruebas aportadas al proceso, puesto que de haberse valorado e interpretado correctamente esos medios de prueba, el Tribunal de Segunda Instancia, hubiera advertido que las características de la relación contractual entre las partes ahora en conflicto, correspondía a una venta de servicios que constituye una relación de orden civil y sin efectos en la jurisdicción laboral