Auto Supremo AS/0250/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2018

Fecha: 04-Abr-2018

En la causa se ha planteado dos pretensiones principales como se ha explicado supra, identificando

En cuanto al Auto Supremo Nº 411/2016, la misma no responde a una relación fáctica similar al caso presente como se ha anotado precedentemente, al contrario la Sala Civil ha pronunciado el Auto Supremo Nº 154/2014 de 16 de abril, en el que ha identificado la falta de legitimación de los actores que pretendían efectuar una acción reivindicatoria, cuando ya hubieran transferido la propiedad y registrado la misma en la oficina de Derechos Reales, al margen de ello en el contenido del Auto Supremo Nº 350/2017 se ha ejemplificado la falta de legitimación de la persona que interpone demanda sin ser propietaria de la misma.
En la causa se ha planteado dos pretensiones principales como se ha explicado supra, identificando que la falta de legitimación radica en la pretensión de reivindicación y consiguiente reparación de daños y perjuicios (esta última postulada como pretensión accesoria por la falta de entrega del inmueble), que no fue identificada por los de instancia, cuando la legitimación en la demanda es un presupuesto esencial para el desarrollo de la misma no puede ser suplida ni saneada a la mitad del desarrollo del proceso porque implica la postulación de hechos frente a los cuales el demandado tiene la opción de presentar su pretensión para con ello articular los hechos de la relación jurídico procesal, que no fue cumplida en el caso presente, pues las actoras actuaron con falta de lealtad procesal, cuya sanción importa el acogimiento de la falta de legitimación que fue planteada por la parte demandada