Auto Supremo AS/0293/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Sintetizada la denuncia, donde la parte recurrente reclama que respecto a su reclamo concerniente a


Sintetizada la denuncia, donde la parte recurrente reclama que respecto a su reclamo concerniente a la valoración defectuosa de la prueba, el Tribunal de apelación expresó que la fiabilidad de lo que declara un testigo o una afirmada víctima, no tiene porqué ser plena; fundamentación que consideran “semejante” y escasa, pues evidentemente no tiene que ser plena, pero tampoco debe contener contradicciones tan notorias y abundantes; ya que, si dicha declaración no fuera plena, el Tribunal no hubiera arribado a la conclusión de que la víctima se encontraba con grave perturbación de conciencia, pues en primera instancia se le da valor a la denuncia presentada por la propia víctima, cuyo contenido es el mismo que cursa en el relato de los hechos de la acusación del Ministerio Público; empero, no consideraron que la declaración de la víctima prestada en juicio es absolutamente diferente; además, que acusaron la defectuosa valoración de la prueba; ya que, se dio valor y credibilidad a una declaración cuando ésta contradice la denuncia y el propio relato fáctico de la acusación; asimismo, se debió dar valor a algunos aspectos manifestados por la testigo presencial del hecho, por lo que consideran, que no se cumplió con lo establecido en los arts. 173 y 359 del CPP, en relación a que cada uno de los elementos de prueba incorporados al juicio deben ser valorados de manera individual, que esa valoración debe responder a las reglas de la sana crítica, expresando los razonamientos de tiempo, forma y contenido por los cuales les otorga o no determinado valor, para luego procederse a la valoración integral y armónica de la prueba