Auto Supremo AS/0312/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

3)Denunció –también- defectuosa valoración de los elementos de prueba incorporados al juicio [art


3)Denunció –también- defectuosa valoración de los elementos de prueba incorporados al juicio [art. 370 inc. 6) del CPP], aduciendo que en el considerando II se ejercita un listado de todos los elementos de prueba incorporados al juicio oral y se emite un criterio general, sin ejercitar ningún argumento de la sana crítica que hubieran motivado dicha valoración, porque resulta ser general la valoración de las pruebas MP-D3 y MP-D4. Sencillamente no hay ningún argumento valorativo de aquellas pruebas documentales a partir de criterios de la sana crítica que permitan subsanar, aún en base al principio de verdad material y los argumentos de la defensa, cómo alcanzaron convicción de esos elementos tan imprecisos y que incluso carecen de elementos necesarios en su contenido. En ese análisis la Sentencia debe estar motivada, fundada en la línea del art. 124 del CPP, que previo estudio del objeto, razonado y de una comparación entre los distintos elementos de convicción o medios de prueba, debe proceder a verificarse el contenido de los argumentos expuestos en el proceso por las distintas partes intervinientes, omitiendo la inteligencia del art. 173 del CPP, que resulta en un vicio insalvable; y por ende, un defecto absoluto por haberse afectado la garantía del debido proceso y el derecho a una resolución fundamentada, completa y objetiva, acomodándose por ello a la vulneración del art. 169 inc. 3) del CPP (cita los Autos Supremos 461/2012 de 10 de diciembre y 214 de 28 de marzo de 2007)