b)Que, en la relación de los hechos, refiere que no fueron debidamente valorados de acuerdo
b)Que, en la relación de los hechos, refiere que no fueron debidamente valorados de acuerdo a la sana crítica, por lo que la Sentencia 20/2016 de 27 de julio, entra dentro de los defectos de la Sentencia, conforma establece el art. 370 inc. 6) del CPP, en mérito a todo lo mencionado, el Tribunal ha aplicado incorrectamente el art. 173 del CPP, siendo que las pruebas literales signadas como MP.3, MP-D5, MP-D6 y MP-D12, son suficientes y debió declararse por la Sentencia condenatoria, por el delito del art. 271 del CP, contra Victoria Colque Gutiérrez
- Por memorial presentado el 19 de julio del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 20/2016 de 27 de julio (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 729/2017-RA de 25 de septiembre,
- El Auto de Vista recurrido, llegó a resolver aspectos no impugnados por el acusado José
- Cita los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004, 242 de 6 de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 729/2017-RA de 25 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 20/2016 de 27 de julio, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- b)Que, según la declaración de Robert Rilmar Gutiérrez, Francisco Quispe Condori, Beatriz Silvestre, Delma Alejandra
- c)Con relación a las amenazas, en el presente caso conforme se tiene la declaración de
- d)Con referencia a la coacusada Victoria Colque, si bien en la noche del hecho se
- Notificado con la Sentencia, José Luís Centellas Colque, Robert Rilmar Gutiérrez Silvestre y Daniela Wendy
- 2)Que, en la Sentencia se limitaron a condena al imputado, sin haber hecho la
- 3)Denunció –también- defectuosa valoración de los elementos de prueba incorporados al juicio [art
- 4)Alegó errónea aplicación de la Ley sustantiva en lo vinculante a la fijación de la
- II.2.2. De la apelación restringida de José Luís Centellas Colque
- a)Denuncia errónea aplicación de la Ley adjetiva y valoración defectuosa de la prueba, por ser
- b)Que, en la relación de los hechos, refiere que no fueron debidamente valorados de acuerdo
- II.2.3. De la apelación restringida de Daniela Wendy Centellas Colque
- i)La Sentencia se basa en errónea aplicación de la Ley sustantiva, defecto del art
- ii)El delito de Amenazas tiene como elementos constitutivos: 1
- iii)Debe tenerse en cuenta que en la taxatividad del art
- iv) Denunció insuficiente fundamentación de la Sentencia que provoca la inobservancia del art
- v) La Sentencia está basada en defectuosa valoración dela prueba testifical y documental, conculcación del
- vi) En el considerando IV de la Sentencia (transcribe extracto), se llega a la conclusión
- vii)La Sentencia inobserva las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la Acusación,
- a)Dilucidando el contenido del recurso interpuesto por José Luís Centellas Colque, respecto a la falta
- b)El recurrente acusa defecto de la Sentencia por defectuosa valoración de la prueba
- c)El recurrente también acusa errónea aplicación de la Ley sustantiva vinculante a la aplicación de
- d)Respecto al recurso de apelación interpuesto por Daniela Wendy Centellas Colque, señala como primer tópico
- e)Otro motivo apelado ha sido el defecto de Sentencia del inc
- f)Por otro lado, se acusa defectuosa valoración de la prueba, defecto del art
- g)Finalmente la recurrente, alega defecto del art
- h)Que, la víctima Robert Rilmar Gutiérrez Silvestre interpone apelación restringida, acusando errónea aplicación de la
- De acuerdo a los argumentos del recurrente, circunscritos en la admisión del recurso de casación
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III
- La jurisprudencia del Tribunal Suprema de Justica, antes Corte Suprema de Justicia, ha establecido el
- Una de los componentes de la debida fundamentación y motivación, está relacionado precisamente al deber
- III.4. Análisis del caso concreto
- En el motivo expuesto para su análisis de fondo, el recurrente refiere que el Auto
- El precedente invocado en el Auto Supremo 373/2006 de 6 de septiembre, emitido dentro
- En ese entendido, el recurrente ha alegado que el Auto de Vista impugnado respecto a
- De la doctrina legal asentada por el precedente invocado, admitido para su contrastación, se puede
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
