Auto Supremo AS/0312/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

4)Alegó errónea aplicación de la Ley sustantiva en lo vinculante a la fijación de la


4)Alegó errónea aplicación de la Ley sustantiva en lo vinculante a la fijación de la pena [art. 370 inc. 1) del CPP], citando la Sentencia Constitucional 1075/2003-R de 24 de julio, refiriendo que una vez de que establezca la responsabilidad, se imponga la sanción penal en el marco de las condiciones y requisitos de los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, de ahí que surge el criterio de que una fijación de la pena, carente de fundamento, se constituye en un ineludible defecto de la Sentencia. En la Sentencia se condena a tres años y cinco meses de reclusión, sin considerar las atenuantes y agravantes, generando una verdadera incertidumbre para establecer cómo llegaron a imponer aquella penalidad (cita extracto de la Sentencia). Un primer elemento está relacionado con la aplicación de los arts. 37 y 38 del CP; ya que, la Sentencia en ningún momento, a tiempo de fundamentar el quantum de la pena, ha considerado la personalidad del imputado, que implica describir los rasgos psicológicos, de actitudes de comportamiento que el Juez o Tribunal asumió con la prueba aportada en el juicio oral. No existe fundamentación establecido en el as exigencias del art. 38 del CP, respecto a las condiciones especiales en que se habrían encontrado en el momento de la ejecución del presunto delito, que deslegitiman por completo la decisión adoptada y vulneran los derechos fundamentales (cita los Autos Supremos 99 de 24 de marzo de 2005, 507 de 11 de octubre de 2007 y 109 de 29 de abril)