Auto Supremo AS/0362/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Si la base del juicio es la acusación, la Sentencia deberá ser congruente y correlativa


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista impugnado, resolvió los recursos de apelación restringida interpuestos por el acusador particular, Gustavo Montaño Vargas y por la acusada, Ana Rosa Condori Jiménez, declarando procedente el recurso de Ana Rosa Condori Jiménez y dejando sin resolución el recurso de Gustavo Montaño Vargas, en razón de que consideran de, que al anularse el fallo apelado ya no es importante pronunciarse sobre ella; consiguientemente, anula totalmente la Sentencia, con los siguientes argumentos:

Si la base del juicio es la acusación, la Sentencia deberá ser congruente y correlativa entre la acusación y la parte dispositiva, entendiéndose que, en ningún caso la imputada podrá ser condenada por un hecho distinto al atribuido en la acusación (ultra petita), tampoco se podrá omitir pronunciamiento respecto a algún hecho atribuido a la imputada en la acusación (citra o infra petita), porque en este último caso, se afectaría el derecho a la tutela judicial efectiva, que implica también el derecho a obtener una resolución congruente con lo demandado y se vulneraría el derecho de acceso a la justicia de la parte acusadora, lo que provocaría un estado de incertidumbre e inseguridad jurídica, aspecto que constituye un defecto de la Sentencia previsto por el art. 370 inc. 11) del CPP, porque la acusación particular se basa en el delito de Asesinato previsto en el art. 252 del CP; sin embargo el Tribunal provincial, no se pronunció en qué situación jurídica en que queda ese delito, por el cual fue acusada la imputada Ana Rosa Condori Jiménez, simplemente se pronunció sobre el delito de Homicidio, por ello la sentencia necesariamente debe pronunciarse por la condena o absolución respecto a cada uno de los delitos que la acusación hubiera atribuido a la acusada