Auto Supremo AS/0373/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Argumenta que conforme la doctrina señalada por los Autos Supremos 200/2012-RRC de 24 de agosto


Argumenta que conforme la doctrina señalada por los Autos Supremos 200/2012-RRC de 24 de agosto y 226/2014 de 24 de junio, el Tribunal de apelación no tiene facultades para revalorar prueba; sin embargo, en el Auto de Vista impugnado, en el punto 4.1.3 del apartado 4to del considerando IV, el Tribunal de apelación refiriéndose al tipo penal de Perturbación de Posesión, incurrió en el referido defecto al señalar que las pruebas testificales y documentales, no fueron idóneos para demostrar el hecho y que en apelación, el querellante tampoco identificó la prueba idónea para demostrar la comisión del referido delito; en el punto 41.1 del mismo apartado, el Tribunal de alzada habría valorado su título de propiedad, documentos de pago de impuestos y servicios básicos, concluyendo que los mismos sólo demostrarían actos de administración, hechos que a decir del recurrente, demuestran la revaloración de la prueba consistente en la inspección ocular, pruebas testificales y documentales, para concluir que el querellante no tenía posesión sobre el inmueble y que por tanto los acusados no cometieron los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión; vulnerando a decir del recurrente, su derecho al debido proceso tutelado por el art. 115.II de la CPE, e ingresando en el defecto absoluto previsto por el inc. 3) del art. 169 del CPP