Auto Supremo AS/0373/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

Denuncia también que el Tribunal de apelación en el Auto de Vista impugnado en el


Denuncia también que el Tribunal de apelación en el Auto de Vista impugnado en el punto 4.1.4 apartado IV del considerando IV, en cuanto al delito de Daño Simple, hizo cuestionamientos que advertirían que el de alzada observó que el recurso de apelación restringida adolece de defectos de forma en la fundamentación sobre el referido delito, por lo que a decir del recurrente correspondía que el Tribunal de apelación, aplique el art. 399 del CPP; empero, al no haberlo hecho, se contrapondría a lo dispuesto por los Autos Supremos 371/2013 de 23 de diciembre, 102/2004 de 1 de abril, 567/04 de 1 de octubre de 2004 y 59/2012 de 30 de marzo, al no haberle dado la oportunidad de subsanar los defectos formales, vulnerando el art. 399 del CPP, incurriendo en defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, por suprimir su derecho al debido proceso en su elemento de legalidad y tutela judicial efectiva, protegidos por el art. 115.I y II de la CPE, declarando el motivo referido, improcedente por defectos formales, dejándole en incertidumbre e inseguridad jurídica