Auto Supremo AS/0592/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2018

Fecha: 28-Jun-2018

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2.- Alega la violación de los arts. 640.II y 641 del Código de Procedimiento Civil, al inobservar la incompetencia del Juez que tramito el proceso voluntario cuestionado, resultando sus actuaciones nulas de acuerdo al art. 9 del Código de Procedimiento Civil, en razón a que sus mandantes contestaron y se opusieron a la división y partición demandada, aduciendo que este hecho constituye causa y fundamento de nulidad, señalando que se atentó su derecho a la defensa en la vía ordinaria al tornarse en contradictorio; empero en el inc. b) del Segundo Considerando el Tribunal de alzada se limitó a señalar que falto pruebas vulnerando el derecho a un proceso justo, al principio de verdad material, igualdad efectiva, debido proceso.
3.- Arguye que se transgredió el art. 676 del Código de Procedimiento Civil y “normas constitucionales que lo sustentan” (sic) puesto que el Tribunal ad quem sin emitir mayor criterio englobo su argumento afirmando que hubo falta de prueba y que el hecho de que el Juez a quo omitió pronunciarse en cuanto a que se procedió a la subasta y remate en base a un avalúo catastral previsto para procesos ejecutivos según el art. 534 del Procedimiento Civil, causando daño económico a sus mandantes evitando así el pago de un precio justo, situación que aduce refleja que se incurrió nuevamente en desigualdad procesal, vulneración del debido proceso lesionando el derecho a la propiedad privada, contenidos en los arts. 19 y 56 de la Constitución Política del Estado.
4.- Afirma que en el punto b) del Segundo Considerando del Auto de Vista impugnado, sostiene que hubo falta de prueba, obviando pronunciamiento claro y directo sobre su argumento de que lo resuelto en el proceso voluntario no causa estado ni constituye cosa juzgada porque no dirime derechos, por consiguiente las resoluciones emitidas en el mismo no causan estado ni constituyen cosa juzgada pudiendo sufrir modificación a través de un proceso de conocimiento contradictorio como el caso de Autos, donde busca la nulidad del procedimiento voluntario en el que no se dictó sentencia al no haber dado curso a la contención, en infracción de los arts. 641 y 676 del Código de Procedimiento Civil además de vulnerar la tutela jurídica y el debido proceso previstos en los arts. 115, 119, 120, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado