Auto Supremo AS/0592/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2018

Fecha: 28-Jun-2018

Asimismo este Tribunal constata que el Ad quem ha verificado que en el proceso cuya

De la revisión del Auto de Vista impugnado se constata que inicialmente el Tribunal de alzada ha procedido a dar respuesta a cada uno de los puntos objeto de apelación, que si bien aglomeró sus argumentos de forma precisa y concreta, a objeto de dar respuesta a las varias alegaciones de la parte apelante sobre la nulidad de la sentencia por vulneración de los arts. 124 del Código de Procedimiento Civil, incompetencia del Juez que conoció el proceso voluntario, aplicación de las normas que rigieron la subasta; estos agravios fueron objeto de respuesta por el Tribunal Ad quem, al señalar que la Sentencia se encuentra bien desarrollada verificando que la nulidad impetrada del proceso voluntario de división y partición de bienes por imposible o incomoda división de bienes no sucesorios, no fue debidamente comprobada existiendo insuficiencia de pruebas, lo cual conllevo a que la demanda principal así como las demandas reconvencionales sean declaradas improbadas.
Asimismo este Tribunal constata que el Ad quem ha verificado que en el proceso cuya nulidad se pide las partes fueron legalmente notificadas por edictos de prensa en conformidad al citado art. 124 del Código de Procedimiento Civil, comunicación procesal que de igual forma fue correctamente realizada de acuerdo a ley, advirtiendo inclusive que la parte actora planteó excepciones e incidentes en todas las instancias procesales en el proceso voluntario que pretende anular