Auto Supremo AS/0599/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2018

Fecha: 10-Jul-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

En ese entendido, por todo lo manifestado y habiendo dado cumplimiento a la resolución emitida por el Tribunal Departamental constituido en Tribunal de Garantías, corresponde a este Tribual resolver conforme señala el art. 220.IV del Código Procesal Civil
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ejerciendo la facultad conferida por los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial de fecha 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA EN PARTE el Auto de Vista de 20 de enero de 2017 de fs. 1949 a 1957 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, solo respecto a la suma reconocida en favor del actor, disponiendo en consecuencia que en ejecución de fallos la parte demandada Rubén Darío Parada Cabrera, Tito André Rivero Serrano y David Flores Cruz restituyan en favor de Ricardo Braulio Valencia Espinoza la suma de $us.- 500.000 (Quinientos Mil 00/100 Dólares Americanos) en la forma establecida por el Auto de Vista impugnado. Sin costas y costos