Con referencia al arbitraje no solo no fue interpuesto como excepción por el demandado sino
Con referencia al arbitraje no solo no fue interpuesto como excepción por el demandado sino que de la lectura del art. 11 de la póliza de seguro se tiene que es confusa y obscura al hablar de una designación de peritos para el caso que el contratante (Soboce, beneficiarios o asegurado) no estuviesen conformes con la determinación de la causa del fallecimiento establecida por autoridad competente, mas no establece ante qué autoridad o dentro de qué proceso se deba realizar dicho procedimiento, para luego derivar a un arbitraje lo cual torna en inaplicable dicha estipulación contractual, considerándose adecuada la denegación del A quo
- Reaseguros S.A
- CONSIDERANDO I
- En cuanto a que se declaró improbada la excepción de falta de acción y derecho,
- Con referencia al arbitraje no solo no fue interpuesto como excepción por el demandado sino
- Indicó que a fs
- CONSIDERANDO II
- 3
- De la respuesta al recurso de casación
- 1
- 2
- 4
- 5
- 6
- CONSIDERANDO III
- Y como las pruebas se deben ceñir al asunto y son inadmisibles las inconducentes, tenemos
- “La conducencia es la idoneidad legal que tiene una prueba para demostrar determinado hecho es
- “Utilidad, hace referencia a que con la prueba pueda establecerse un hecho materia de controversia
- CONSIDERANDO IV
- En cuanto al informe de fs
- En el certificado médico de defunción, cursante a fs
- El certificado de fs
- La prueba conducente es la que tiene idoneidad legal para demostrar un determinado hecho, en
- Al margen de lo expuesto corresponde señalar que el art
- Corresponde señalar que el recurso de casación fue admitido, asumiendo un criterio de flexibilidad en
- Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
