Auto Supremo AS/0728/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2018

Fecha: 27-Jul-2018

La prueba conducente es la que tiene idoneidad legal para demostrar un determinado hecho, en

Conforme las pruebas descritas supra se evidencia que no se apreció error de hecho y error de derecho como refiere la apelante.
La prueba conducente es la que tiene idoneidad legal para demostrar un determinado hecho, en el caso de autos solo el profesional médico es el que puede determinar la causa de la muerte de una persona, no pudiendo suplir esa labor técnica con otros medios de prueba como testigos, pericias sicológicas a otras personas, consiguientemente la actora en el contenido de su demanda señaló que la causa de la muerte de su esposo fue porque Héctor Flores Castedo se desnucó al clavarse a la piscina, término que conforme a la Real Academia Española describe una causa de muerte por un golpe en la nuca, sin embargo, ese aspecto no fue demostrado en la demanda; también la actora señaló que su esposo sufrió un accidente y que la cobertura de la póliza abarca inclusive al hipotético de una muerte por ahogamiento que tampoco fue demostrado