Auto Supremo AS/0728/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0728/2018

Fecha: 27-Jul-2018

Y como las pruebas se deben ceñir al asunto y son inadmisibles las inconducentes, tenemos

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Y como las pruebas se deben ceñir al asunto y son inadmisibles las inconducentes, tenemos que la conducencia de la prueba queda determinada por la conducencia del hecho que relata la demanda o la contestación”