Sobre el tercer motivo, se plantea una situación de insuficiente fundamentación vinculados a la respuesta
Sobre el tercer motivo, se plantea una situación de insuficiente fundamentación vinculados a la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación a los reclamos sobre valoración de prueba efectuados en apelación restringida; en perspectiva del recurso tal omisión constituiría a la doctrina legal contenida en los Autos Supremos 654 de 25 de octubre de 2004, 42 de 21 de febrero de 2013, 136 de 20 de mayo de 2013 y 124 de 10 de mayo de 2013, cuyos antecedentes y el planteamiento de la situación de hecho similar fueron reseñadas en la porción pertinente del apartado II.7 de este Auto Supremo; siendo así, los requisitos procesales exigidos por los arts. 416 y ss. del CPP, fueron cumplidas restando ingresar al análisis de fondo a fines de corroborar la supuesta contradicción sobre las omisiones argumentativas en el Auto de Vista recurrido en casación
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- Por diligencias de 20, 23, 27 y 30 de abril, 3 y 7 de mayo;
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente expresa queja ante la negativa del Tribunal de apelación de dar curso al
- Con esa base refiere que el Auto de Vista impugnado llega a la conclusión de
- II.2 Recurso de casación de Juan Israel Rodríguez Ledezma
- Bajo el epígrafe de “los antecedentes y el defecto insubsanable” (sic) el recurrente reclama la
- Previa referencia a los arts
- II.3 Recurso de casación de Trifón Huayllani Pizarro
- El recurrente refiere que en apelación restringida acusó la existencia de defectos de sentencia contenidos
- En similar ámbito reclama que los arts
- Refiere que el Tribunal de apelación incumplió con el deber de fundamentación dispuesto por el
- Arguye también que el Tribunal de alzada no brinda una respuesta fundamentada respecto a los
- Expresa que el Tribunal de apelación vulneró los arts
- II.4 Recurso de casación de Nicolás Rojas Calvi
- Reclama que los arts
- II.5 Recurso de casación de Ángel Rosendo Cossío Álvarez
- El recurrente señala que el Tribunal de alzada no dio respuesta fundamentada a los agravios
- Previa reseña de antecedentes procesales, referidos a los agravios planteados en su recurso de apelación
- El recurrente plantea también que el Tribunal de apelación incurrió en insuficiente fundamentación, lo que
- Finalmente el recurrente realiza una serie de aseveraciones y calificaciones sobre el trato brindado en
- El recurrente califica como defecto absoluto el hecho de que el Auto de Vista impugnado
- Previa referencia al razonamiento sobre “si el A
- Sobre esta misma temática plantea el recurrente que, el Fallo impugnado al “no querer manifestarse
- Plantea también contradicción con el Auto Supremo 136 de 20 de mayo de 2013, que
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el 20, 23, 27 y 30 de
- IV.1 De la casación de Zenón Soria Orellana
- Sobre el primer motivo relacionado a la negativa del Tribunal de apelación de dar curso
- En el segundo motivo, el recurrente reitera aspectos expuestos en apelación restringida, como el argumento
- IV.2 De la casación de Juan Israel Rodríguez Ledezma
- En cuanto al primer motivo de este recurso titulado “los antecedentes y el defecto insubsanable”
- En lo que toca al segundo motivo, relacionado a una supuesta incongruencia entre acusación y
- Igual situación de inadmisibilidad es presente en la manifestación sobre demora en la emisión del
- IV.3 Recurso de casación de Trifón Huayllani Pizarro
- En el primer motivo, relativo a cuestionamientos en torno a la aplicación del art
- Finalmente dentro del tercer motivo, en el que se denuncia afectación de los arts
- IV.4 Recurso de casación de Nicolás Rojas Calvi
- En torno al primer motivo en el que se alega cuestiones sobre el grado de
- En el segundo motivo del recurso se cuestionó la fundamentación del Auto de Vista (calificándola
- En torno al tercer motivo del recurso en el que se manifiesta una supuesta falta
- IV.5 Recurso de casación de Ángel Rosendo Cossío Álvarez
- En el primer motivo, el recurrente reclama que el Tribunal de apelación no dio respuesta
- En el segundo motivo propuesto, son planteadas consideraciones sobre la forma de abordaje y respuesta
- En el primer motivo del recurso, el recurrente acusa la vulneración al derecho a la
- En el segundo motivo, denuncia al Auto de Vista impugnado de insuficiente fundamentación, respecto a
- Por último en el tercer motivo, se realizan una serie de aseveraciones y calificaciones sobre
- IV.7 Recurso de casación de Crescencio Jiménez Balderrama
- En el primer motivo el recurrente propone la apertura de competencia en casación basada en
- En el segundo motivo, se plantea la contradicción del Auto Supremo 268/2012-RRC, señalando como defecto
- Sobre el tercer motivo, se plantea una situación de insuficiente fundamentación vinculados a la respuesta
- Enfatizar que el análisis no abarcará los Autos Supremos 014 de 6 de febrero de
- IV.8 Recurso de Casación de Félix Zapata Torrico
- Si bien, en el texto del recurso se aluden a los Autos Supremos 444 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- 2° El Recurso de casación de Trifón Huayllani Pizarro, de fs
- 4° El Recurso de casación de Santiago Jiménez Olmos, de fs
- 5° El Recurso de casación de Crescencio Jiménez Balderrama, de fs
- En cumplimiento del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
