Auto Supremo AS/0798/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0798/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Con relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva y adjetiva, se hace constar


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista 038/2016 de 28 de octubre, emitido por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de El Beni, que declaró improcedente el recurso planteado; y en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada; bajo la siguiente fundamentación:

Con relación a la errónea aplicación de la Ley sustantiva y adjetiva, se hace constar que la aplicación del procedimiento inmediato para delitos flagrantes, conforme lo establece el art. 393 bis y 393 ter del CPP, el Juez debe solicitar la aplicación del procedimiento inmediato, por lo que en audiencia se dio cumplimiento estricto a este procedimiento, consecuentemente, se debió haber impugnado de forma oportuna de esta circunstancia, que ahora pretende reclamar la parte recurrente, quién al no haberlo hecho, ha consentido plenamente con su trámite, por lo que no corresponde considerar al respecto, en cuanto, a la figura de la flagrancia lo que impugna y observa la apelante, consiguientemente se ha aplicado de forma correcta la previsión de los arts. 393 ter al 393 quinquer del CPP