Auto Supremo AS/0798/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0798/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

Contra la referida Sentencia, Gladys Maniobo López (de fs


Por Sentencia 01/2016 de 13 de abril (fs. 125 a 129 vta.), la Juez Público Mixto de la Niñez y Adolescencia de Partido, de Trabajo, de Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de El Beni, declaró a Gladys Maniobo López y Jorge Luís Vargas Negreta, autores de la comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo a la primera la pena de doce años de presidio y dos mil días multa a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día; y al segundo, la pena de ocho años de privación de libertad y mil días multa, a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, siendo ambos sancionados con costas procesales.

Contra la referida Sentencia, Gladys Maniobo López (de fs. 131 a 40) interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 038/2016 de 28 de octubre, emitido por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de El Beni, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, motivando la interposición del presente recurso de casación