Auto Supremo AS/0805/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

El Código de Procedimiento Penal, enfatiza que el derecho a la defensa es amplio e

 
El Código de Procedimiento Penal, enfatiza que el derecho a la defensa es amplio e irrestricto a lo largo del curso del trámite, sin que se establezca limitaciones sobre el particular, más allá claro de las propias reglas que la norma establece. En el caso de la actividad probatoria, si bien la misma se halla circunscrita expresamente a la fase de juicio oral, no es menos cierto que la potestad de promover las diligencias que se crea pertinentes le esté facultada a la defensa en etapa preparatoria e incluso en esta fase procesal promover los actos que la ley le permita con el fin de oponerse al ejercicio de la acción penal o bien denunciar cuestiones que considere afectan sus intereses; pues el diseño procesal emanado de la Ley 1970, hace que el proceso no sea un proceso de sorpresas, sino uno regido por reglas claras, con igualdad de oportunidades, transparente, en el que cada una de las partes conozca las pruebas que se practicarán en el juicio y prepararse para su contradicción