Auto Supremo AS/0805/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

III.2.2. Análisis del caso en concreto


Más adelante emitida la Sentencia 017/2017, el imputado argumentó apelación incidental contra Auto de 266/2016 de 26 de agosto, señalando en suma que, “…durante la etapa preparatoria las partes no pueden interponer exclusiones probatorias excepto si el juez cautelar tiene que resolver o emitir algún pronunciamiento valorando dicha prueba alegada de ilegal.” (sic).

El Auto de Vista 008/2018, declaró la improcedencia de esa acción señalando:
“…la posibilidad de formular exclusiones probatorias se halla regulado de forma general en los arts. 272 con relación a los arts. 167, 169 y 314 del Adjetivo Penal; ninguna señala algún momento en el que pueden ser planteadas; empero, también el art. 5 del ritual de la materia de forma categórica establece que el imputado podrá ejercer todos los derechos y garantías, desde el primer acto del proceso sindicado en sede judicial o administrativa. Bajo ese contexto, se entiende que el imputado tiene desde la primera sindicación a posibilidad de asumir su defensa, en este caso de formular incidentes si acaso creyó que sus derechos estaban siendo vulnerados como el que se acusa; sin embargo no lo hizo, de ahí que las autoridades recurridas al haber fundamentado señalando que el acusado tenía las vías legales para impugnar sobre la pericia realizada y no lo hizo pese estar identificado dentro el presente proceso y por tanto asumió conocimiento desde el estado en que estuvo.” (sic).

III.2.2. Análisis del caso en concreto