Auto Supremo AS/0805/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0805/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

En el Auto Supremo 202/2013 de 16 de julio, la Sala Penal Primera del Tribunal


En el Auto Supremo 202/2013 de 16 de julio, la Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia, consideró que la denuncia de infracción al art. 124 del CPP, planteada por uno de los recurrentes, era evidente, pues el Auto de Vista recurrido poseía argumentos insuficientes frente a los agravios de apelación restringida referidos a errónea valoración de la prueba, lo que determinó se deje sin efecto el fallo impugnado y se siente la siguiente doctrina legal aplicable:

Es indiscutible que la apelación restringida no es un medio legítimo para la revalorización de la prueba puesto que en el sistema procesal vigente no existe la doble instancia y los hechos probados en juicio se hallan sujetos al principio de intangibilidad; sin embargo, esa limitación no significa que no sea procedente el control del iter lógico que ha seguido el Juzgador o que el Tribunal de Apelación, no obstante la denuncia expresa contenida en el recurso de apelación restringida, se encuentre impedido y/o carezca de competencia para examinar la fundamentación probatoria intelectiva de la Sentencia y con ello la de la aplicación de la sana crítica y sus componentes, en la eventualidad de que el Juzgador haya podido caer en errores de logicidad