Auto Supremo AS/0847/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0847/2018-RRC

Fecha: 17-Sep-2018

De lo expuesto, se establece que no existe situación análoga entre la relación fáctica del


De lo expuesto, se establece que no existe situación análoga entre la relación fáctica del precedente invocado, el cual está referido a la constatación por parte del Tribunal de casación, de que el Ad quem revaloró prueba judicializada y además sustentó su fallo entonces impugnado, en prueba que durante el juicio fue excluida por el Juez de Sentencia. Mientras que en el caso de autos el impugnante denuncia que el Tribunal de alzada no resolvió el motivo de alzada que fue fundado en el defecto de Sentencia previsto por el inc. 4) del art. 370 del CPP; es decir, que existiría incongruencia omisiva. Por lo que al no existir situación similar, este Tribunal no puede ejercer su función nomofiláctica a partir del precedente invocado