Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0847/2018-RRC
Fecha: 17-Sep-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 15 de enero, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 24/2017 de 5 de mayo (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, incurrió en falta de fundamentación y
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Refiere que el Ad quem, también incurrió en falta de fundamentación al omitir pronunciarse sobre
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Denuncia también, que el Tribunal de apelación habría resulto de manera general la denuncia sobre
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicitó se “case y se deje sin efecto” el Auto de Vista impugnado
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I.2. Admisión del recurso
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Por Sentencia 24/2017 de 5 de mayo, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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En el segundo hecho establecido como probado, en el punto tres de la Sentencia, se
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Que en calidad de representante legal de la empresa ARISUR, tenía la obligación que le
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Que, desde el mes de enero a junio del 2012, el monto retenido del total
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Que, hasta la fecha de la emisión de la Sentencia, el acusado no habría realizado
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Contra la resolución impugnada, la acusadora y el imputado José Guido Quevedo Gonzales; interpusieron recursos
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Que el fiscal de materia, en etapa preliminar de la investigación, habría rechazado la acción
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Denunció que la Sentencia se basa en elementos probatorios no incorporados legalmente e incorporados por
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Denunció que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por Auto de Vista
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“De acuerdo a lo alegado, respecto al defecto de sentencia denunciado se tiene que la
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En ese margen, la mencionada prueba al haber sido sometida a control jurisdiccional con base
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Realizar la revisión de la resolución que resuelve esa cuestión incidental, valorar la prueba presentada
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De acuerdo al diseño recursal que tiene previsto conductos idóneos para ese efecto; ya que,
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La pretensión asumida requiere que se determine que la documentación cuestionada de ilegalmente obtenida e
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Respecto al tercer motivo de apelación restringida, el Ad quem, señaló que el fallo de
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III.1. Análisis del caso concreto
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El recurrente denunció que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación a tiempo
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El Auto Supremo 12 de 30 de enero del 2012, dictado dentro del proceso penal
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Por lo que no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo
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Similar entendimiento fue asumido a través del Auto Supremo 152 de 2 de febrero del
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De lo descrito, se establece la existencia de una situación procesal análoga, entre los hechos
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III
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Respecto al punto central por el cual el acusado considera que la resolución del primer
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Por lo expuesto, este Tribunal no advierte la supuesta falta de fundamentación y motivación del
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En casación, el imputado reclama que el Tribunal de apelación refirió que no es posible
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Para ingresar al análisis de la circunstancia planteada, partiremos por recordar el contenido del segundo
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En cuanto al argumento utilizado por el de alzada, en sentido de que la circunstancia
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Respecto a la observación realizada por supuesta falta de requerimiento fiscal en la obtención de
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En cuando a que la observación realizada por el Tribunal de apelación, en sentido de
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Por lo expuesto, este Tribunal concluye que no es evidente la supuesta falta de resolución
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El Auto Supremo 337/2010 de 1 de julio, dictado dentro del proceso penal seguido por
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De lo expuesto, se establece que no existe situación análoga entre la relación fáctica del
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El acusado denuncia que el argumento del Tribunal de apelación en sentido de que la
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Argumento de alzada que es evidente conforme la lectura del acápite II
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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