Auto Supremo AS/0847/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0847/2018-RRC

Fecha: 17-Sep-2018

En cuanto al argumento utilizado por el de alzada, en sentido de que la circunstancia


En cuanto al argumento utilizado por el de alzada, en sentido de que la circunstancia planteada hubiera sido realizada como si se tratase del defecto de Sentencia, previsto por el inc. 4) del art. 370 del CPP. Argumento que cobra sentido, pues conforme lo preceptuado por el segundo párrafo del art. 407 de la norma Adjetiva Penal, los defectos de Sentencia previstos por la norma legal referida, son cuestiones que no requieren protesta previa ni reserva de recurrir y en los cuales se observa de manera directa el fallo de mérito; empero, tratándose de una actividad procesal defectuosa que emerge durante la tramitación del juicio oral, público y contradictorio, los referidos requisitos son ineludibles; aspectos que, si bien fueron cumplidos en el caso de autos, el imputado no impugnó la resolución que rechazó el incidente, deficiencia recursiva que es observada por el Ad quem y la cual es correcta, pues el mismo no tiene facultades para resolver el incidente de exclusión probatoria, sino de ejercer control sobre la resolución del mismo