Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0925/2018
Fecha: 25-Sep-2018
Sin costas ni costos
Sin costas ni costos
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CONSIDERANDO I
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Resolución recurrida de apelación por Justo Vásquez Herrera a través de su apoderado de
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Contra la referida determinación Justo Vásquez Herrera por medio de su representante interpuso de casación
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CONSIDERANDO II
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Fondo
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Que con la venta inserta en el documento de fs
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Por ultimo acusa vulneración del art
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Que sustanciado el recurso en apego de los principios de contradicción y defensa, la parte
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CONSIDERANDO III
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En esa misma lógica, este Tribunal Supremo de Justicia emitió varios Autos Supremos, entre ellos
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De esta manera conforme señala el art
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5) Que el crédito sea líquido y exigible, lo que no supone necesariamente tener un
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III.2. De la nulidad procesal
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Si bien el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado bajo un enfoque
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Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
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Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
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En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
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El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
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El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
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El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
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Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
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III.3. Del trámite en segunda instancia
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En cuanto al trámite de las causas en segunda instancia, el art
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Es evidente que el motivo que da lugar el señalamiento de audiencia en segunda instancia
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Forma
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Como único reclamo en la forma alega que el Tribunal Ad quem ignoró la norma
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Que conforme al criterio vertido en punto III
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Al margen de ello se debe tener en cuenta que acorde al lineamiento esbozado
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Siguiendo ese lineamiento de la compulsa del proceso se advierte que a fs
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Todos sus reclamos convergen en cuanto al fondo de la pretensión, es decir sobre la
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Antes de ingresar al análisis del caso es primordial, compulsar las características de la acción
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Ante tal escenario, es decir cuando un tercero ajeno al vínculo contractual se ve afectado
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Desde nuestra óptica si bien la citada teoría no encuentra una normativa jurídica expresa, pero
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Partiendo de esta teoría, en materia de obligaciones existen acciones de defensa del crédito algunas
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La presente acción de defensa del crédito en coherencia con lo argumentado supra es
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Teniendo en claro que la acción paulina es una de inoponibilidad por las características y
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Con base en lo expresado, cabe precisar que los reclamos vertidos en casación carecen de
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Al margen de aquello, se debe tomar en cuenta que el Auto de Vista con
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Sin costas ni costos
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
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