Auto Supremo AS/1125/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1125/2019

Fecha: 22-Oct-2019

Se tiene que los reclamos del recurrente contenidos en los puntos 3, 8 y 11

Se tiene que los reclamos del recurrente contenidos en los puntos 3, 8 y 11 del considerando II son de exposición coincidente, en atención al principio de concentración procesal que en materia argumentativa permite en un solo fundamento absolver todos los agravios, así evitar un dispendio de argumentación jurídica reiterativa se desprende, la impugnación deducida observa que el documento de fs. 1 y vta. está sujeto a un acontecimiento futuro el cual era obtener una resolución ejecutoriada favorable a su causante Martina Mamani Vda. de Quispe dentro del proceso de nulidad seguido en contra de Victoriano Mamani y otros radicado en el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto, el demandante no demostró realizar los pagos comprometidos en el contrato además de no rendir cuentas del mandato y que los demandados no se comprometieron como contraprestación reconocer derecho propietario a favor del actor sobre el bien litigado en el juzgado indicado