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    Auto Supremo AS/0625/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0625/2019

    Fecha: 14-Nov-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Primitivo Gutierrez Sánchez en representación de la Empresa
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Tramitado el proceso laboral por beneficios sociales seguido por Eduardo Nuñez Paz contra la Empresa
    • Auto de Vista
    • Interpuesto el recurso de apelación por el demandado (fs
    • Ante esta determinación, tanto el demandante como el demandado interpusieron recurso de casación, emitiendo el
    • 1
    • e) Violación del art
    • 3. En relación a la determinación de asignaciones familiares, denuncia
    • b) Violación de los artículos 34 a), 195, 216 y 515 del Reglamento del Código
    • Agrega que se produjo la caducidad del derecho al subsidio pre natal, natalidad y post
    • d) Nulidad de la orden de pago de las asignaciones familiares dispuesta por el Tribunal
    • Mediante memorial presentado el 16 de noviembre de 2018, Carlos Ariel Bejarano Gainza en representación
    • 3
    • En consideración a los argumentos expuestos por los recurrentes, de acuerdo a la problemática planteada,
    • IV.1. Del Recurso de Casación interpuesto por la empresa demandada
    • Asimismo, el art
    • En virtud a lo expuesto, en estricta observancia del principio de congruencia como elemento del
    • IV.1.2. De la devolución de dineros sujetos a rendición de cuentas
    • En ese contexto, lo dispuesto en la norma fundamental en lo concerniente a los derechos
    • Respecto a la orden de pago de asignaciones familiares a favor del trabajador, la empresa
    • a) El recurrente manifiesta que no tuvo conocimiento del nacimiento de la hija del demandante,
    • De forma previa a considerar el argumento expuesto en el recurso, resulta menester resaltar que
    • De lo anterior, es posible evidenciar que en ningún momento el Tribunal Ad quem se
    • En relación a la violación de los arts
    • c) En cuanto a la prescripción de las asignaciones familiares reclamada por el recurrente, debe
    • En tal sentido, la prescripción invocada por el recurrente, no puede consolidarse en desmedro del
    • IV.2.1. Del reconocimiento y pago de horas extraordinarias
    • El recurrente denuncia la errónea aplicación de los artículos 46 de la LGT en relación
    • Asimismo, no se evidencia la vulneración a los arts
    • Ahora bien, respecto al error en que se hubiera incurrido al no haber efectuado una
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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