Auto Supremo AS/0625/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0625/2019

Fecha: 14-Nov-2019

1

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN DEL DEMANDADO:
Mediante memorial presentado el 28 de septiembre de 2018, Primitivo Gutiérrez Sánchez en representación de la Empresa de Transporte Internacional “El Palomar”, interpuso “Recurso de Casación”, argumentando lo siguiente:
1. Respecto al despido indirecto establecido como causal de terminación de la relación laboral y que conlleva la orden de pago del desahucio, reclama que:
a) El Tribunal Ad quem se limitó a reiterar el argumento expresado por la Juez A quo en relación a que la causal de desvinculación laboral, habría sido el despido del trabajador en estado grave de salud, no existiendo pronunciamiento específico del Tribunal.
b) La Juez A quo incurrió en error al establecer el despido del trabajador como causal de desvinculación laboral, cuando existió abandono voluntario del trabajador, conforme acreditan las declaraciones testificales de Richard Freddy García y Blanca Elena Campos, siendo falso lo aseverado por el demandante en la confesión provocada al señalar que no contaba con seguro médico, cuando esto se desvirtuó con la prueba documental de descargo, incumpliendo el demandante y los tribunales de instancia con los arts. 15 y 30 del Código de Seguridad Social, 18 del Reglamento del Código de Seguridad Social, y principalmente con el art. 12 inc. a) y b) del Reglamento Único de Afiliación y Prestaciones del Sistema de Seguridad Social de Corto Plazo, pues la obligación de afiliación y obtención del carnet de asegurado es del trabajador, quien nunca lo hizo, pese a que la empresa realizaba el aporte patronal a la Caja Nacional de Salud, habiendo acudido a una clínica privada por decisión propia, incumpliendo además con su obligación de comunicar su enfermedad y tratamiento al empleador para que este gestione su atención, como él mismo reconoce, no siendo responsabilidad del empleador la afiliación