Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1210/2019
Fecha: 26-Nov-2019
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Proceso: Restitución de dinero por enriquecimiento ilegítimo, pago de lucro cesante y daño emergente
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Distrito: Santa Cruz
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CONSIDERANDO I
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Ante la solicitud de aclaración, enmienda y complementación se emitió el auto de 28 de
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En cuanto a la cosa juzgada señaló que Nicolás Valdivia Almanza y Juan Valdivia Almanza,
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Respecto al recurso de apelación interpuesto por Jorge Eduardo Baldivieso y Carlos Alberto Baldivieso Velasco
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Sobre la cosa juzgada declarada por el auto recurrido por Jorge Eduardo Baldivieso y Carlos
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CONSIDERANDO II
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b)Manifiestan que el Tribunal de alzada incurrió en error de hecho en la apreciación de
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De la revisión de obrados se puede establecer que Nicolás Valdivia Almanza por memorial cursante
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b) Aduce que la demanda se funda en recibos sin valor que fueron presentados como
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c) Refiere que la devolución del dinero realizado por los demandantes no constituye un enriquecimiento
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d) Expresa que al indicar los recurrentes que el demandado presentó excepción de prescripción esto
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e) Indica que es necesario señalar que el art
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Fundamentos por los cuales solicita la emisión de un Auto Supremo que declare infundado el
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CONSIDERANDO III
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Sobre el tema en el Auto Supremo N° 271/ 2017 de fecha 9 de marzo
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En ese marco, la doctrina establece dos presupuestos para la prescripción, al respecto Díez-Picazzo y
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En virtud a lo expuesto, la prescripción para surtir el efecto extintivo del derecho debe
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En cuanto al comienzo de la prescripción el art
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III.2. De la interrupción de la prescripción
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Al respecto el A
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Según anota el autor Carlos Morales Guillén, la suspensión de la prescripción detiene el curso
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El citado autor Luis Moisset de Espanés, señala que uno de los problemas más serios
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El art
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II
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Respecto a la ineficacia de la interrupción el art
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III.3. Respecto a la excepción de cosa juzgada
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En el Auto Supremo Nº 340/2012 de 21 de septiembre, este Tribunal razonó lo siguiente:
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Al respecto, Rafael Martínez Sarmiento identifica tres identidades clásicas que son: Idem corpus, que es
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De la misma forma hace Hugo Alsina, que identifica tres elementos importantes para la procedencia
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Razonamiento reiterado en el Auto Supremo Nº 453/2014 de 21 de agosto, donde además se
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En el caso en cuestión, contrastando la doctrina con los hechos expuestos y los antecedentes
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III.4. En relación al “per saltum”
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CONSIDERANDO IV
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Al respecto se debe establecer conforme a los antecedentes del proceso que de fs
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De forma posterior según memorial cursante de fs
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Ahora bien, habiendo expuesto los antecedentes del caso conforme lo referimos en la doctrina aplicable
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En el caso de autos los demandantes ahora recurrentes señalan que existe una interpretación errónea
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2
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Al respecto se debe señalar que en relación a lo fundamentado en el acápite III
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Al respecto en mérito a lo señalado y con la finalidad de dar respuesta al
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En ese entendido y con la finalidad de dar respuesta al reclamo descrito supra, pasaremos
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Proceso en el cual se declaró PROBADA la demanda principal sobre resolución de contrato, restitución
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Sobre la identidad de sujetos en ambas demandas las partes son las mismas, tanto demandantes
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Así también en relación al objeto del proceso que resulta ser la pretensión, se tiene
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Del análisis prolijo de los antecedentes ya descritos se puede concluir que los sujetos procesales
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Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula el honorario profesional para el abogado que contestó el recurso en la suma
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.
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