Auto Supremo AS/1229/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1229/2019

Fecha: 27-Nov-2019

Con base en los documentos descritos supra que merecen toda la fe probatoria originado por

Con base en los documentos descritos supra que merecen toda la fe probatoria originado por el art. 1297 de la norma sustantiva civil: “(Eficacia del documento privado reconocido). El documento privado reconocido por la persona a quien se opone o declarado por la ley como reconocido, hace entre los otorgantes y sus herederos y causa- habientes, la misma fe que un documento público respecto a la verdad de sus declaraciones”, con relación al art. 584 del mismo cuerpo legal: “La venta es un contrato por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa o transfiere otro derecho al comprador por un precio de dinero”, el Auto de Vista recurrido realizó un análisis en base al principio de verdad material y la comunidad de la prueba desarrollado en el punto III.1 y 2 de la presente resolución, llegando a la firme convicción que los coherederos Marcelo, René, Franklin y Dora Eufemia Quisbert Chambi en amplio uso de sus derechos transfirieron sus acciones y derechos en favor de Isidro Platón Quisbert Chambi recibiendo como contraprestación una suma de dinero, perdiendo de ese modo los coherederos su derecho sobre el bien inmueble objeto de discusión, de ese modo no puede ingresar en la masa hereditaria el aludido bien inmueble ubicado en la calle Nataniel Aguirre N° 806, consiguientemente no se evidencia el reclamo que la resolución recurrida en casación resulta ser ultrapetita