Auto Supremo AS/0190/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

De lo anteriormente expresado, se advierte que el Tribunal de alzada otorgó una respuesta fundamentada

A fs. 76 vta., en el acápite de “Relación jurídica” se concluye que la imputada no demostró las circunstancias que motivaron a ser partícipe o autor del hecho, situación cuestionada en alzada debido a que la parte imputada no tiene nada que probar o demostrar, pues la carga de la prueba la tienen los acusadores.

Es así, que luego de realizar dichas observaciones puntuales, el Tribunal de apelación concluyó que la Sentencia carece de fundamentación y que no se realizó una correcta valoración de los elementos probatorios incurriéndose en los defectos previstos en el art. 370 incs. 5) y 6) del CPP, y la infracción de los arts. 124 y 173 del CPP, determinando en consecuencia anular la Sentencia disponiendo el reenvío correspondiente.

De lo anteriormente expresado, se advierte que el Tribunal de alzada otorgó una respuesta fundamentada y motivada, debido a que en alzada se identificó todas las falencias incurridas en Sentencia, señalándose inclusive el número de fojas, determinándose las contradicciones incurridas denotando la insuficiente fundamentación de la Sentencia, como la errónea valoración otorgada a los elementos probatorios tanto literales como testificales por lo que resulta lógico y coherente el análisis realizado por el Tribunal de apelación