Auto Supremo AS/0228/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

En el caso de la declaración del imputado, son yuxtapuestas dos dimensiones


En el caso de la declaración del imputado, son yuxtapuestas dos dimensiones. Por el principio de presunción de inocencia, se prohíbe actos tendientes a obligar al imputado a declarar contra sí mismo y sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, además de inhibir que el derecho a guardar silencio pueda ser entendido como indicio de culpabilidad; debe entenderse que por este principio el ejercicio del derecho a la defensa no apercibe al imputado a ejercerlo, sino al Estado a precautelarlo. De igual modo, en los supuestos en los que el derecho a la defensa material decante en una declaración, ingresará en la dialéctica de producción de información del juicio oral, y por ende bien puede ser objeto de valoración a tono con el art. 173 del CPP, es decir, valorada de manera integral con todo el elenco probatorio. Sobre este particular, la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en un caso en el que se cuestionó el valor que la autoridad jurisdiccional había otorgado a la declaración de la parte imputada, se pronunció manifestando que “cuando el Tribunal de Apelación manifiesta que la declaración de la imputada no solo es un medio de defensa, sino más bien se constituye en un medio de prueba actúa conforme a ley, toda vez que si bien la declaración del imputado es un derecho y se configura en un medio de defensa, no es menos cierto que una vez que el imputado ejerce su plena autonomía para declarar o no, conforme determina el art. 92 del Código de Procedimiento Penal, y ante su derecho de guardar silencio decide declarar en juicio, es necesario entender que esta declaración se transforma en un medio de prueba, es decir que esta información deberá ser valorada por los jueces en su sentencia, analizando su credibilidad y extrayendo conclusiones útiles para formar su convicción” (Auto Supremo 30/2012 de 29 de febrero)