En el caso de la declaración del imputado, son yuxtapuestas dos dimensiones
En el caso de la declaración del imputado, son yuxtapuestas dos dimensiones. Por el principio de presunción de inocencia, se prohíbe actos tendientes a obligar al imputado a declarar contra sí mismo y sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, además de inhibir que el derecho a guardar silencio pueda ser entendido como indicio de culpabilidad; debe entenderse que por este principio el ejercicio del derecho a la defensa no apercibe al imputado a ejercerlo, sino al Estado a precautelarlo. De igual modo, en los supuestos en los que el derecho a la defensa material decante en una declaración, ingresará en la dialéctica de producción de información del juicio oral, y por ende bien puede ser objeto de valoración a tono con el art. 173 del CPP, es decir, valorada de manera integral con todo el elenco probatorio. Sobre este particular, la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia en un caso en el que se cuestionó el valor que la autoridad jurisdiccional había otorgado a la declaración de la parte imputada, se pronunció manifestando que “cuando el Tribunal de Apelación manifiesta que la declaración de la imputada no solo es un medio de defensa, sino más bien se constituye en un medio de prueba actúa conforme a ley, toda vez que si bien la declaración del imputado es un derecho y se configura en un medio de defensa, no es menos cierto que una vez que el imputado ejerce su plena autonomía para declarar o no, conforme determina el art. 92 del Código de Procedimiento Penal, y ante su derecho de guardar silencio decide declarar en juicio, es necesario entender que esta declaración se transforma en un medio de prueba, es decir que esta información deberá ser valorada por los jueces en su sentencia, analizando su credibilidad y extrayendo conclusiones útiles para formar su convicción” (Auto Supremo 30/2012 de 29 de febrero)
- Por memorial presentado el 11 de junio de 2018, de fs
- Por Sentencia 08/2017 de 15 de marzo, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, fs
- Violación del derecho de presunción de inocencia
- El Tribunal de apelación fundamentó insuficientemente la respuesta a los puntos 7, 9 y 10
- Considera que la Sentencia debió precisar las pruebas examinadas para llegar a su conclusión y
- Refiere que en apelación restringida denunció que el Tribunal de sentencia introdujo cambios respecto de
- Solicitó que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia proceda a “examinar con mayor
- El recurrente trae a casación cuatro temáticas, la primera referida a la existencia de un
- En apelación restringida –relata el recurrente- denunció que la Sentencia impugnada valoró su declaración como
- El recurrente agregó que el Tribunal de apelación “incurre en una errada apreciación del motivo,
- El motivo en cuestión posee dos vertientes, por una parte el recurrente considera que el
- El art
- Ahora bien, como se expuso párrafos atrás el Tribunal de apelación, descarta el mérito de
- Por los arts
- En el caso de la declaración del imputado, son yuxtapuestas dos dimensiones
- No es como dice el recurrente, que los de apelación refrendasen una decisión basada en
- II.2 En cuanto a la denuncia de fundamentación insuficiente respecto a tópicos planteados en apelación
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 087/2013 de 26 de marzo y 183 de
- Amparado en el art
- Por su parte la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, anteló
- “todo Auto de Vista debe contener la debida fundamentación y motivación, cumplir con los parámetros
- “Una vez desarrollado el acto de juicio oral…en observancia del derecho al debido proceso, en
- Recordar que la actividad recursiva en el marco de la Ley 1970, y su inclinación
- Procesalmente tal criterio adquiere solidez teniendo en cuenta que la competencia de pronunciamiento en apelación
- La Sala asume que el sistema procesal penal debe hallar armonía con los derechos que
- Más adelante el Tribunal de apelación determina que los defectos contenidos en los nums
- Siendo así, cierto es que el imputado reclamó a la Sentencia no haber especificado cuales
- Si se tiene presente que en apelación restringida existió unidad argumentativa (esto es la tesis
- Esas cuestiones, hacen patente que el Auto de Visa 65 de 14 de mayo a
- Refiere el imputado que en el punto 11 del recurso de apelación restringida, reclamó que
- En apelación restringida el recurrente en el marco del art
- El Auto de Vista 65/2017, sobre el particular manifestó que el imputado no había detallado
- De entrada, recordar que la principal impronta de nuestro sistema procesal penal es constituida por
- La Sala considera que en la línea jurisprudencial pronunciada por este Tribunal en los actos
- En el caso de autos, el Tribunal de apelación consideró que la postura que sobre
- II.4 Sobre la denuncia de alejamiento total del motivo de apelación
- Por su parte el Tribunal de apelación, consideró que la Sentencia contenía el mismo tipo
- El Auto Supremo 268 de 27 de abril de 2009, fue dictado por la Sala
- Reclama el imputado que una supuesta variación de los hechos, la calificación del grado de
- La Sala reitera que el recurso de apelación restringida no constituye soporte para la emisión
- En suma, la autoridad jurisdiccional que atienda denuncias de infracción al art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
