Auto Supremo AS/0228/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2019-RRC

Fecha: 15-Abr-2019

Por los arts


Por los arts. 13 y 172 del CPP, queda claro que la normativa penal boliviana precisa dos esquemas prohibitivos sobre la prueba, diferenciando entre la prueba ilícita (los actos que vulneren derechos y garantías de rango constitucional y supraconstitucional) y la prohibida (prueba obtenida en virtud de información originada en un procedimiento o medio no permitido). De hecho ambas prohibiciones, desembocan en la eventual nulidad de actos o procedimientos no permitidos en la Ley o bien que hayan violado derechos y garantías constitucionales; a esta suerte de nulidad anticipada, va aunada la prohibición taxativa de fundar decisiones basadas en actos cumplidos en inobservancia de formas y condiciones previstas legalmente. Sin embargo, tamizar la existencia de dicha censura a un caso concreto, atraviesa también de primera cuenta demostrar la ilicitud de una determinada prueba, así como del señalamiento de que fue obtenida a través de un procedimiento prohibido