Auto Supremo AS/0236/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2019-RA

Fecha: 22-Abr-2019

Mencionando la “SSCC Nº 1963/2013” que reiteraría los fundamentos de la “SSCC Nº 0011/2000-R” refiere


II.1. Del recurso interpuesto por Aloisio Machado Costa Reis

Invocando la Sentencia Constitucional “0770/2012” como precedente contradictorio, además de la Sentencia Constitucional 1452/2005-R de 11 de noviembre, la defensa de oficio del encausado, solicitó la nulidad del proceso por considerar que se juzgó a su defendido en rebeldía, sin ser notificado o citado de acuerdo a procedimiento; a tal efecto, refiere que el Auto de Vista impugnado, sin ahondar en el debido proceso, afirmó que el encausado fue declarado rebelde luego de haberse publicado edictos, cuando debió ser notificado en el domicilio señalado en el contrato tachado de incumplido.

Mencionando la “SSCC Nº 1963/2013” que reiteraría los fundamentos de la “SSCC Nº 0011/2000-R” refiere que en el caso concreto, respecto del delito de Incumplimiento del Contratos, no se acreditó todos los elementos del tipo penal, en este caso que el incumplimiento fue sin justa causa; es decir, no cursaría prueba documental, pericial, testifical o material que acredite negligencia, impericia, dolo, irresponsabilidad u otra forma atribuida a la empresa Queiroz Galvao; sin embargo, el Auto de Vista impugnado se habría limitado a dejar sentado que la Sentencia expuso los motivos por los cuales considera que la conducta del procesado se adecua al tipo penal, cuando el contrato entre la Queiroz Galvao y el Estado boliviano habría sido sometido a un proceso de recisión