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    Auto Supremo AS/0255/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0255/2019-RRC

    Fecha: 25-Abr-2019

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    • Por memorial presentado el 27 de junio de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • I.1.1. Motivos del Recurso de Casación
    • El recurrente señala que el Tribunal de apelación incurrió en actividad procesal defectuosa prevista en
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 743/2018-RA de 17 de agosto, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 6/2013 de 9 de julio (fs
    • Con la notificación de la Sentencia, el Consejo de la Magistratura de Tarija, formuló recurso
    • La Sentencia no había dado cumplimiento a lo dispuesto por el art
    • El imputado Willy Jesús Ruiz Domínguez se adhirió al tercer motivo del recurso de apelación
    • En el punto III
    • Contra el Auto de Vista 035/2016, el Consejo de la Magistratura de Tarija interpuso recurso
    • Lo que implica, que los argumentos de la parte apelante, no fueron ni mencionados en
    • En cumplimiento al Auto Supremo 780/2017, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
    • De los tipos penales descritos, los verbos rectores de los ilícitos son que al margen
    • Existiendo errónea aplicación de la Ley sustantiva, al fundar el juicio de absolución por la
    • El recurrente mediante los argumentos del recurso de casación contenidos en el Auto Supremo 743/2018-RA,
    • III
    • El recurrente para fundar el motivo invoca contradicción con el Auto Supremo 450 de 19
    • Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
    • El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos como el presente,
    • Para poder establecer correctamente la existencia o no de la contradicción que alega el recurrente
    • En Sentencia, el Tribunal de juicio al momento de realizar el análisis intelectivo y los
    • Asimismo, del análisis expuesto en el subtitulado FUNDAMENTO JURÍDICO Y SUBSUNCIÓN DE LOS HECHOS AL
    • El Auto de Vista en lo particular, luego de realizar un análisis disgregado de los
    • De acuerdo a los fundamentos expresados y motivados en el Auto de Vista, compulsando con
    • La revalorización probatoria es el límite en alzada para disponer la reposición de juicio o
    • Entonces, de la lectura del Auto de Vista impugnado se puede establecer que el Tribunal
    • Por ello, bajo la compulsa, los fundamentos y motivos expuestos, al haberse dispuesto la reposición
    • III.2. De la Contradicción del Auto Supremo 780/2017-RRC de 5 de octubre
    • Entonces, al remitirse al Auto de Vista impugnado, para establecer si la resolución ha cumplido
    • Del recurso de apelación restringida de fs
    • Siendo así, de la revisión del CONSIDERANDO III del Auto de Vista, se puede establecer
    • Consiguientemente, respecto al cumplimiento del Auto Supremo 780/2017-RRC de 5 de octubre, se establece que
    • Por ello, habiéndose contrastado la problemática procesal sustentada por el recurrente, con el análisis de
    • Finalmente, en el tercer motivo, se aduce que el Auto de Vista impugnado y su
    • Como se puede observar del motivo, se tienen dos variantes fundantes de los agravios que
    • De lo expuesto, no existe una situación fáctica análoga entre una parte del motivo de
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Ingresando al análisis del inciso b), por el que se afirmó el incumplimiento al Auto
    • Por cuanto, al no haberse establecido la contradicción con los Autos Supremos 206/2015-RRC de 27
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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