Auto Supremo AS/0255/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

El recurrente señala que el Tribunal de apelación incurrió en actividad procesal defectuosa prevista en


Del recurso de casación interpuesto, a continuación, se extraen los siguientes motivos conforme al mandato establecido por los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente señala que el Tribunal de apelación incurrió en actividad procesal defectuosa prevista en el art. 169 inc. 3) del CPP, vulnerando el debido proceso, por haber establecido de manera equivocada que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva al momento de calificar los tipos penales juzgados y subsumir su conducta, afirmando que en el segundo caso más bien existió un defecto de juzgamiento o error in judicando, aspecto que debió haber sido enmendado por el Tribunal de apelación emitiendo una nueva Sentencia conforme al art. 413 del CPP y no así disponer la realización de un nuevo juicio. Refiere que no existió errónea aplicación de la ley adjetiva, sino una “presunta” inobservancia de la ley sustantiva al momento de realizar la subsunción de los tipos penales juzgados, aspecto que podía ser enmendado de manera directa por el Tribunal de alzada, por tratarse de la aplicación e interpretación directa de la ley