Auto Supremo AS/0255/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

Entonces, al remitirse al Auto de Vista impugnado, para establecer si la resolución ha cumplido


En el segundo motivo de casación el recurrente denuncia que, el Auto de Vista recurrido sería contradictorio al Auto Supremo 780/2017-RRC de 5 de octubre –que resolvió el primer recurso de casación- al: a) No identificar los agravios denunciados para ser resueltos de manera detallada como referiría el precedente, efectuando de manera directa un análisis y desglose de los tipos penales de Cohecho Pasivo Propio y Extorsión, previstos por los arts. 145 y 333 del CP; b) Emitir una Resolución con argumentos generales e imprecisos en cuanto a las características de los tipos penales y sus elementos rectores, porque en ningún momento se habrían identificado los hechos acontecidos; y, c) Concluir que en el caso concreto existió errónea aplicación de la Ley sustantiva respecto del delito de Cohecho Pasivo y el de Extorsión, que no habrían sido citados ni desglosados anteriormente, obviándose los fundamentos del recurso de apelación con relación al segundo delito. Invoca como precedente contradictorio nuevamente el Auto Supremo 780/2017-RRC de 5 de octubre.

Entonces, al remitirse al Auto de Vista impugnado, para establecer si la resolución ha cumplido con los parámetros de suficiencia resolutiva, se debe determinar primero que todo Auto de Vista contiene el objeto de impugnación, las consideraciones argumentativas, las conclusiones y la parte resolutiva, tal como versa del Auto Supremo 210/2015-RRC de 27 de marzo