Auto Supremo AS/0262/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

Al respecto, el Auto de Vista impugnado aperturó su competencia y desestimó el reclamo alegando


Al respecto, el Auto de Vista impugnado aperturó su competencia y desestimó el reclamo alegando que la sentencia en el punto cuarto refiere claramente “teniendo presente atenuación de la pena, por cuanto no se demostró que el imputado tenga antecedentes penales”, tratándose de un delito de orden privado, precisamente quien debe demostrar a los fines de agravar la pena es el querellante, que el Juez en la sentencia menciona que se funda en disposiciones legales sustantivas y adjetivas y entre ellas precisamente el art. 40 núm. 2) del CP, que tiene referencia al comportamiento anterior al hecho, en cuya razón el Juez tomando en cuenta el principio de legalidad basó su decisión en dicha disposición legal. Añadió, que con relación al art. 38 inc. 1) a), el apelante debía justificar porque la falta de los aspectos mencionados le causa perjuicio, por cuanto el límite de la competencia del Tribunal de alzada es precisamente el agravio sufrido conforme prevé el art. 398 del CPP, que más al contrario en la sentencia se mencionaba la edad del imputado 40 años, su estado civil soltero, también menciona su actividad de comerciante y con esos aspectos se tiene una visión de la personalidad del autor del hecho