Auto Supremo AS/0262/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

De los argumentos expuestos en el Auto de Vista impugnado, se evidencia que si bien


De los argumentos expuestos en el Auto de Vista impugnado, se evidencia que si bien constató que en la Sentencia no solo se valoró que el imputado no hubiere tenido antecedentes o sentencia ejecutoriada, ya que, se había fundado precisamente en el art. 40 núm. 2) del CP, que tenía referencia al comportamiento anterior al hecho, y que también precisó que sí se tenía considerado la personalidad del autor del hecho; ciertamente como afirma el recurrente, no resolvió respecto a que la sentencia le resultaba contradictoria entre su parte considerativa y dispositiva, ya que, en su “por tanto” señalaría que se fundó en el art. 40 núm. 2) del CP, porque no se demostró que tenía antecedentes penales y sentencia ejecutoriada, cuando dicha atenuante se encontraría establecida a decir del recurrente en el art. “38 inc. 1 a)”, apartándose la Sentencia de lo establecido en los arts. 37 al 40, ya que, si los hubiere considerado la pena podía atenuarse mucho más, aspectos que fueron reclamados por el recurrente; sin embargo, no fueron respondidos ni valorados por el Tribunal de alzada, incurriendo en contradicción con los precedentes invocados que precisaron que en ningún fallo puede omitirse la fundamentación, siendo esencial que el Auto de Vista impugnado resuelva todos los puntos de impugnación, por lo que el presente motivo deviene en fundado