Auto Supremo AS/0262/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2019-RRC

Fecha: 25-Abr-2019

En consecuencia, el Auto de Vista, resulta ser contrario al precedente invocado por el ahora

En consecuencia, el Auto de Vista, resulta ser contrario al precedente invocado por el ahora recurrente, el Auto Supremo 068/2016-RA de 10 de febrero, que su doctrina legal aplicable estableció que en ningún fallo puede omitirse la fundamentación que justifique lo determinado en la parte dispositiva de la Resolución, no pudiendo ser reemplazado por la simple relación de documentos o la mención de los requerimientos de las partes; tampoco puede existir incongruencia y contradicción entre los fundamentos expuestos en la parte considerativa y la resolutiva; por otra parte, se deja en ‘indefensión’ a las partes y se viola la garantía constitucional del ‘debido proceso’ cuando el Auto de Vista deviene en ‘infrapetita’; es decir, cuando el Tribunal de apelación omite pronunciarse respecto a cada uno de los puntos de reclamación que contiene el recurso de apelación restringida; señala finalmente que es esencial que el Auto de Vista que resuelve el recurso de apelación restringida, contemple fundadamente todos los puntos de impugnación contenidos en el recurso de apelación restringida a efecto de no vulnerar los derechos y garantías constitucionales de las partes. Asimismo, se advierte que es contrario a la jurisprudencia señalada en el acápite III.1. de la presente Resolución, señala que no existe fundamentación ni congruencia en el Auto de Vista impugnado, cuando se evidencia que el Tribunal de alzada no se pronunció de manera expresa, clara, concreta y lógica sobre cada uno de los puntos cuestionados en el recurso de apelación restringida”