Auto Supremo AS/0512/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2019

Fecha: 23-May-2019

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1. Manifestaron que el Auto de Vista N° 116/2018 de 10 de julio, establece la existencia de un voto disidente que fue dictado el 13 de junio de 2018, es decir, anterior al Auto de Vista recurrido, por lo que ha tenido que existir un proyecto de Auto anterior sobre el cual tuvo que surgir la disidencia, concretamente el proyecto debió ser dictado por el Dr. Wilfredo Ramos Quispe, de ser así dicho proyecto tuvo que ser anterior al voto disidente de 13 de junio de 2018, para que posteriormente ante la convocatoria del vocal dirimidor asiente uno u otro criterio con relación al fallo a efectos del art. 53 de la Ley del Órgano Judicial, que en el caso de autos no ocurrió arguyendo que el Auto de Vista tendría que ser de fecha anterior a la disidencia. Asimismo, enfatizó que el art. 266.I del Código Procesal Civil, señala que si en el Tribunal de apelación se suscitare disidencia, esta y sus fundamentos se harán constar al pie del fallo, empero del Auto de Vista impugnado apenas refiere la disidencia del Dr. Gustavo Rosas Carrasco que confirma la Sentencia, incumplimiento las normas citadas lo que deviene en defecto de forma