Lo que se encuentra ratificado con la prueba testifical de cargo de fs
Lo que se encuentra ratificado con la prueba testifical de cargo de fs. 473, 474 vta., 476 y 479, quienes conocen que su presentante vive y trabaja en dichos predios cultivando alfa alfa, maíz y haba en forma pacífica y sin que nadie le moleste hasta la fecha, es más refieren que sus hermanos E., R. y B. A. V. desde hace más de cuarenta años que viven en la República de Argentina y que solo han llegado en dos o tres oportunidades, atestaciones que se encuentran corroborados por el acta de inspección judicial de fs. 140 que reitera los actos de dominio y mantenimiento efectuados en los bienes inmuebles referidos por el reconvencionista. De donde se evidencia que la misma realizó actos de dominio como único poseedor sobre los bienes inmueble referidos desde la gestión 1978 al 2000, intervertiendo de esta manera su situación de coposeedor a único poseedor; en consecuencia, en el presente caso de Autos al tenor de los arts. 1286 del Código Civil y art. 397 del Código de Procedimiento Civil, se tiene que la parte reconventora ha acreditado la posesión de los bienes inmueble referidos por más de diez años con todos los elementos y requisitos que implica dicha posesión, lo que no ha sido desvirtuado por el adverso
- Distrito: Potosí
- De los agravios expuestos por la parte demandada, se extraen de manera ordenada y en
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- En el fondo
- Petitorio
- Las pruebas aportadas por las partes de cargo y descargo con referencia a las documentales,
- III.1. De la usucapión decenal entre coherederos o comuneros
- Al respecto este Tribunal ha emitido resoluciones sobre casos de coherederos o comuneros que conllevan
- En el caso de Autos, con el fallecimiento del causante T
- En esa relación, de los documentos privados de fecha 08 de noviembre de 1977 y
- Lo que se encuentra ratificado con la prueba testifical de cargo de fs
- Aspectos que sin embargo no se han dado con el terreno en la extensión superficial
- Respecto a lo anterior, corresponde señalar que la interrupción de la prescripción puede ser natural
- “…salvo que hubiera adquirido la propiedad por usucapión como efecto de la posesión exclusiva”, y
- Por otro lado, en observancia del principio de congruencia que debe guardar toda resolución, corresponde
- Por lo precedentemente analizado, se concluye que el Ad quem no ha examinado correctamente los
- Similar doctrina se ha desarrollado en el Auto Supremo Nº 567/2014 de 08 de septiembre,
- De forma
- Acusa también que el abandono efectivo de la propiedad, resulta inaudito, toda vez que a
- Pese a que se produjo un interdicto de adquirir la posesión, continuó con su oposición
- Por otra parte, con relación a que los trámites efectuados por el demandante tuvieron la
- Indican que en la audiencia de inspección de visu se constató que no existe posesión
- Estos agravios corresponden al recurso de apelación opuesta por la parte demandada de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios profesionales para el abogado que contestó el recurso en la suma
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
