Auto Supremo AS/0512/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2019

Fecha: 23-May-2019

Acusa también que el abandono efectivo de la propiedad, resulta inaudito, toda vez que a

1. Respecto a la incorrecta aplicación de las normas referidas a la posesión, actos de tolerancia, plazo de la usucapión, cita de las leyes y la no exposición de decisiones claras, positivas y precisas en la parte dispositiva, por lo que reclaman errónea interpretación de los arts. 87, 90 y 138 del Código Civil y la vulneración del art. 213.II nums. 3 y 4 del Código Procesal Civil, debido a que no se analizó a profundidad la posesión no efectuándose consideración de la figura de tolerancia o actos de tolerancia, en sentido a que el demandante ingresó al domicilio emergente de un lazo de familiaridad al obtener el 50% del inmueble, no habiéndose operado un abandono efectivo. Asimismo, la posesión reviste carácter de exclusividad no siendo posible reconocer la posesión a dos personas al mismo tiempo sin tomarse en cuenta, que el inicio del cómputo viene ligado al inicio de la posesión.
Acusa también que el abandono efectivo de la propiedad, resulta inaudito, toda vez que a partir de la inscripción por Mario Toro Pacheco, se reconoce que su propiedad fue inscrita el 20 de septiembre de 2006, además, que cuenta con documentos como la demanda previa de conciliación, interdicto posesorio y otros, que fueron inspeccionados como constan de fs. 281 a 283 y 344 a 387, tramitado en el Juzgado Público 6to. en lo Civil