Auto Supremo AS/0301/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Más aún, que conforme a la jurisprudencia desglosada, el empleador debió iniciar un proceso administrativo

En consecuencia, se concluye que el contenido del Informe carece de relevancia jurídica ante la jurisdicción laboral, considerando que no existió despido alguno por las supuestas irregularidades o daño económico a la empresa, en el trabajo desempeñado por el ahora demandante.
Más aún, que conforme a la jurisprudencia desglosada, el empleador debió iniciar un proceso administrativo interno en la vía disciplinaria, en el que el trabajador tenga oportunidad de defensa y todo lo que conlleva el respeto al debido proceso, la presunción de inocencia y a la conclusión de dicho proceso, en caso de verificarse la existencia de daño económico o falta del trabajador, recién proceder al despido del mismo