Auto Supremo AS/0301/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Por consiguiente, si se acusa error de hecho y de derecho, estos deben desarrollarse de

Por consiguiente, si se acusa error de hecho y de derecho, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta y cuando la resolución materia del recurso de casación se apoya en un conjunto de medios de prueba que concurrieron a formar la convicción del tribunal, no basta objetarlas, para hacer prevalecer otras pruebas; sino que debe identificarse de manera clara qué aspectos fueron probados o desvirtuados con esas probanzas y cuál el valor jurídico que les corresponde; pues, para establecer la magnitud de la omisión, ésta debe ser ostensible y trascendente, bajo pena de no lograr el objetivo de destruir la presunción del acierto y la legalidad que ampara a la resolución que es objeto del recurso de casación, conforme alude el autor René Parra, que el error “sea evidente, patente, claro, sin que para apreciarlo se puedan efectuar elucubraciones o raciocinios complejos”