Auto Supremo AS/0301/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Por otra parte, la suspensión, es escueta, no explica el tiempo que duraría y si

Por otra parte, la suspensión, es escueta, no explica el tiempo que duraría y si el trabajador percibiría o no su salario por ese periodo, pues si bien, se puede presumir que la suspensión, sería con goce de haberes y por un tiempo determinado, conforme se ha desglosado en la doctrina aplicable al caso, cuando se citó sobre el particular la SCP 076/2012 de 12 de abril, este tipo de medidas deben ser asumidas precautelando el debido proceso y la presunción de inocencia, evidenciando que una suspensión sin explicación alguna, respecto de su duración y respecto del pago o no de los salarios del trabajador, y emitida por una funcionario que si bien se encuentra del control y seguimiento de las tareas de los empleados o trabajadores de la empresa; éste no tenía la facultad suficiente, para determinar una suspensión sin que exista un Juez o Tribunal sumariante que hubiese asumido tomar esa medida; además en ese documento, se advierte que se procedería a realizar una auditoría respecto de sus labores desempeñadas; empero, no se le hace conocer quien estará a cargo de la misma, para que pueda intervenir, presentar los descargos o asumir su defensa respecto de alguna presunta irregularidad que motivaría la misma