Auto Supremo AS/0427/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

En esta labor realizada por la compulsa de lo resuelto, se evidencia que el Tribunal

En esta labor realizada por la compulsa de lo resuelto, se evidencia que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista impugnado, no incurrió en atribuirse una facultad de Tribunal de segunda instancia, considerando que como bien lo señala el precedente invocado, en Bolivia, no rige el reconocimiento de la doble instancia, siendo que la Sala Departamental únicamente circunscribió su competencia a lo impugnado por las partes procesales en conformidad al art. 398 del CPP, absolviendo cada uno de los puntos apelados, en cuya función evidenció la errónea aplicación de la Ley con relación al tipo penal del art. 154 del CP, debido a que el Tribunal de Sentencia efectivamente cometió un error de logicidad en lo desarrollado en Sentencia relativo a la determinación de culpabilidad por el delito de Incumplimiento de Deberes, lo que conllevó al Tribunal de alzada a asumir que al ser innecesario el reenvío se emita nueva Sentencia, aplicando correctamente la norma sustantiva conforme lo plasmado en Sentencia, sin necesidad de incurrir en revalorización