Auto Supremo AS/0427/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

Evidentemente, de la remisión a lo dispuesto por el art

Evidentemente, de la remisión a lo dispuesto por el art. 45 del CP, el legislador ha regulado que el incremento de la pena a una mitad sobre el máximo establecido en condena, más que un imperativo obligatorio, sea una posibilidad, al preceptuar textualmente la expresión “pudiendo”, de cuya interpretación, el significado de la palabra, conforme la Real Academia de la Lengua Española hace referencia a: “Tener expedita la facultad o potencia de hacer algo…”, lo que en definitiva, conlleva que tal término expresado en el articulado no constituya una obligación de hacer sino que su sentido es meramente enunciativo, propiciando una facultad potestativa al Juez en aplicar o no el incremento de la pena en una mitad adicional a la pena impuesta del delito más grave ante la concurrencia del concurso real de delitos