Auto Supremo AS/0708/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0708/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

Auto Supremo 657/2007 de 15 de diciembre, dictada por la Sala Penal Primera, en una


Auto Supremo 657/2007 de 15 de diciembre, dictada por la Sala Penal Primera, en una causa seguida por los delitos de Falsedad material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, en una temática que “el Auto de Vista recurrido, al resolver el primer motivo de la apelación relativo a la inobservancia de los arts. 165 y 166 num. 1) con relación al 169 num. 3) del Código de Procedimiento Penal, concerniente a la notificación con la imputación formal, no ha sido debidamente fundamentado por el tribunal de Alzada”; en cuyo efecto, fue dejado sin efecto el Auto de Vista impugnado al constatar que se constató el Tribunal de alzada incurrió en una falta de fundamentación al resolver la problemática, al efecto se tiene la siguiente Doctrina Legal Aplicable:

“La línea jurisprudencial referida se encuentra consolidada, ya que constituye un deber ineludible de los Jueces y Tribunales de desplegar los fundamentos de la resolución, a más de circunscribirse a los puntos cuestionados, vale decir, que cada punto resuelto debe llevar su respectivo argumento, tratándose de Jueces y Tribunales de Sentencia el fundamento debe ser de hecho y de derecho; mientras que, los Tribunales de Alzada sostienen la resolución de cada impugnación, indefectiblemente, con argumentos jurídicos específicos. Las impugnaciones determinan la competencia de la autoridad jurisdiccional y los fundamentos jurídicos de la resolución brindan seguridad jurídica a las partes procesales